JUÁREZ; el pedido es para
todos lo funcionario políticos ya que tenemos antecedentes de años anteriores
nombrando administradores asistenciales de Buenos Aires quien cobraba
desarraigo, por lo tanto creo que no debe haber discriminación con ningún
funcionario político como pasa actualmente en la legislatura, y tenemos varios
cargos políticos que ocupar dentro del IPAUSS en las distintas comisiones, en
las cuales podemos evaluar las posibilidades de traer funcionarios políticos de Buenos Aires y Rio Grande y que tienen que tener el mismo derecho que cualquier
funcionario político para este cobro.
VISTO: La Disposición N º 0114/2004, del registro de
este Instituto, y:
CONSIDERANDO:
Que en la Resolución IPPS
Nro 1159/2001 se establece la
Asignación para Cubrir
Gastos de Alojamiento y / o Alquiler de los miembros del Directorio.
Que a partir del enero 2004,
se efectuó una adecuación de los valores a abonar por concepto de alojamiento y
/ o alquiler, estableciéndose en pesos Un
Mil Quinientos ($ 1,500,00).
Que habiéndose efectuado
consultas a varias inmobiliarias de esta ciudad, el costo del alquiler de un
departamento de un dormitorio oscila entre los $ 2,000,00 y $ 3,000,00, siendo
muy escasa la oferta de los mismos.
Que el pasaje vía terrestre
por los tramos Río Grande - Ushuaia y
viceversa, asciende a la suma de PESOS CIENTO QUINCE ($ 115,00).
Que ha intervenido la Comisión de Presupuesto,
Economía y Administración, emitiendo el Dictamen Nº 30/2011, el cual se da por
íntegramente reproducido en este acto.
Que se somete a discusión
los términos de la presente, procediéndose a la votación correspondiente que
arroja el siguiente resultado:
AFIRMATIVA: JUÁREZ; HEREDIA; RUIZ; MANSILLA; FERRARI;
NEGATIVA: AGUILAR; SINCHICAY;
Por lo expuesto, según lo
prescripto en el Artículo 9º de la
Ley 641, el Directorio de este Instituto resuelve, por simple
mayoría de los presentes, proceder en consecuencia.
Que es facultad de este
Directorio el dictado del presente acto administrativo en virtud de las
atribuciones que le confiere el Artículo 11 de la Ley 641.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO
PROVINCIAL
AUTÁRQUICO UNIFICADO DE SEGURIDAD
SOCIAL
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.-
ESTABLECER que la asignación para cubrir gastos de Alojamiento y / o Alquiler a
los Directores de Río Grande, que en cumplimiento de sus funciones deban
prestar servicios fuera del ámbito de la ciudad o localidad de su domicilio,
será equivalente al 45% de una categoría 10 del escalafón IPAUSS, según
resolución 422/2011, a partir del 1º de
septiembre del corriente año.
ARTÍCULO 2º.-
INCLUIR a todo personal Político, que reúna los requisitos estipulados en el
artículo 1º de la presente resolución.-
ARTÍCULO 3º.- IMPUTAR el gasto en la partida
presupuestaria correspondiente.-
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR, comunicar a quienes
corresponda, cumplido ARCHIVAR.
RESOLUCION Nº 960
/ 2011.-