Hay que resolver "si es legitima o ilegítima la multa", explicó el abogado del SUTEF
El abogado del SUTEF, Néstor Sánchez Otharán precisó que el fallo a favor del SUTEF se basó en que “el Superior Tribunal de Justicia acogió los argumentos que nosotros expusimos, primero en recurso de casación y posteriormente, al haber sido negado ese recurso, el de queja que interpusimos”. “Significa que el Superior Tribunal de Justicia entendió que fue mal denegado el recurso de casación interpuesto, al que debió hacer lugar y resolver el mismo juez”, enfatizó.

Según Sánchez Otharán el gremio explicó “los motivos por los que se debe hacer lugar al recurso y por otro lado los motivos porque estaba mal declarada la tercera instancia, pero ni siquiera se pudo tratar porque el juez deniega la casación”.
“Fuimos al Superior Tribunal de Justicia señalando que nos lo denegaron de mal modo y el Superior entendió que estuvo mal denegado, a la luz de la ley vigente, jurisprudencia y antecedentes y que se tendría que haber abierto la vía al Superior Tribunal de Justicia. Posteriormente este acogió los motivos y argumentos que la caducidad de instancia estuvo mal decretada”, enfatizó en FM Master’s.
En este sentido, reveló, el fallo deja sin efecto esa caducidad impuesta por el juez de primera instancia en grado de apelación, ordenando que se dicte un fallo sobre la cuestión de fondo, es decir si es legitima o ilegítima la multa y por lo tanto si se debe aplicar o no.
Dijo que “el caso se remite a la decisión de la Subsecretaría de Trabajo entendiendo que no se acató la conciliación obligatoria, por la que impone una sanción de carácter penal aplicado por la administración”.
“Pero el SUTEF está en desacuerdo y hace uso de la garantía constitucional ante una sanción de carácter penal aplicada por la administración de buscar el control judicial al que tiene derecho por constitución respecto de esta sanción. Este derecho no existió y es lo que estamos buscando y es por lo que no se pronunció”, dijo.
El abogado indicó que “el SUTEF pretende que se entienda que el juez Guillermo Penza ha emitido opiniones publicas anteriores a la presentación del recurso de casación que oportunamente se interpuso, manifestando que la multa estaba plena y no había lugar para recursos posibles”.
“Desde el SUTEF se entiende que ha habido juicio anterior no teniendo en cuenta los argumentos que posteriormente se presentaron”, expuso.
Fuente: Sur 54
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